OFICIO CIRCULAR Nº 9.351.- |
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Ref.: Tramitación P. Jurídica y Directorio.- |
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SANTIAGO, 28 de julio de 2016. |
Señores Presidentes |
Asociaciones de Fútbol |
PRESENTE |
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Señor Presidente:
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ARFA REGIÓN METROPOLITANA DE FÚTBOL AMATEUR, junto con saludar cordialmente a Ustedes, nos permitimos comunicar que de acuerdo a lo dispuesto en la Quinta Disposición transitoria de la Ley N° 20.500 del año 2011, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, una vez realizada la conformación del Directorio los antecedentes relativos a la Corporaciones y Fundaciones deben ser autorizados al Servicio de Registro civil e Identificación. |
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El Ministerio de Justicia desde el 15 de febrero de 2013, sólo estará a cargo de las entidades Religiosas de Derecho Público, por lo tanto, toda vez que las Asociaciones y/o Fundaciones constituidas conforme al Título XXXII, Libro del Código Civil, se encontrarán a cargo en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro. |
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Los documentos necesarios para tramitar las personalidades jurídicas son: |
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Confeccionar una carta dirigida al Secretario de la I. Municipalidad de su respectiva comuna, solicitando la inscripción ante el Registro Civil e Identificación. |
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Los documentos que deberá acompañar al oficio: |
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§ Acta Constitución de Directorio, debidamente protocolizada ante notario; |
§ Formulario de Inscripción o Subscripción de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro; |
§ Certificado de Antecedentes de las Personas Elegidas; |
§ Estatutos de la Institución. |
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En cuanto al resultado de esta petición ante la Municipalidad, es aproximado de 10 hábiles, que comienzan a contar de la presentación de los documentos en su comuna, quienes en forma interna comunican al Registro Civil. |
Saludan atentamente a Ud.
DIRECTORIO REGIONAL |
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